DEFENSORÍA DEL PUEBLO EVIDENCIA QUE VÍCTIMAS DE TRATA QUEDAN SIN POSIBILIDAD DE RECUPERARSE ANTE LA FALTA DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN ESTATAL

DEFENSORÍA DEL PUEBLO EVIDENCIA QUE VÍCTIMAS DE TRATA QUEDAN SIN POSIBILIDAD DE RECUPERARSE ANTE LA FALTA DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN ESTATAL

18 de Febrero de 2020 12:00 am

DEFENSORÍA DEL PUEBLO EVIDENCIA QUE VÍCTIMAS DE TRATA QUEDAN SIN POSIBILIDAD DE RECUPERARSE  ANTE LA FALTA DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN ESTATAL

Una investigación realizada por la Defensoría del Pueblo evidenció que las víctimas de trata y tráfico, y delitos conexos, se enfrentan a una deficiente atención y protección especializada para poder recuperarse de los daños físicos y psicológicos sufridos, al no existir suficientes centros de acogida especializados, ni personal cualificado ni capacitado,  dejándolas sin la posibilidad de recuperarse de los daños físicos y psicológicos sufridos, y en riesgo de volver a ser captadas por redes de tratantes. Esta situación refleja el incumplimiento del Estado a lo que dispone la Ley 263 Integral contra la  Trata y Tráfico de Personas.

De acuerdo a los datos contenidos en el Informe Defensorial “Cumplimiento a la Creación de Centros de Acogida Especializados para Víctimas de Trata y Tráfico de Personas y Delitos Conexos”, presentado este martes por la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, existen seis centros de acogida especializados para víctimas de trata que se encuentran 3 en La Paz; 1 en Potosí; 1 en Cochabamba y 1 en Santa Cruz. De éstos, solo dos son de administración directa por los gobiernos departamentales de La Paz y Potosí, los restantes cuatro, son de administración delegada y/o de convenio.

La investigación, que alcanzó a los nueve gobiernos departamentales y 39 gobiernos municipales en todo el país, 10 de ciudades capitales de departamento, incluida la ciudad de El Alto, y 29 de ciudades intermedias,  muestra además, que en los municipios consultados ninguno cuenta con un centro especializado. Esta situación, afirmó la Defensora,  imposibilita la reconstrucción de los proyectos de vida de las víctimas.

Expresó preocupación por la cantidad reducida de víctimas que acceden a servicios especializados, pues, según datos del Ministerio de Público, durante 2018 y el primer semestre de 2019, se reportaron 733 víctimas de trata y tráfico, de las cuales sólo 207 recibieron atención y protección institucional según se conoció en las entrevistas realizadas; es decir que el 71,76% de las víctimas no contaron con estos servicios durante estos dos últimos años.

La investigación defensorial, asimismo, identificó que los servidores públicos conciben que todas las formas de violencia contra las mujeres ameritan una sola forma de protección, sin tener en cuenta la especificidad y las características propias de las víctimas de trata y tráfico. Se observó también, que los gobiernos departamentales y municipales en los que se realizó la indagación, no cuentan con personal especializado, lo cual lleva a una intervención inadecuada por parte de personal no especializado ni capacitado.

La Defensoría del Pueblo evidenció también una falta de coordinación interinstitucional y de especialización en la normativa y protocolos de atención y repatriación de víctimas de trata y tráfico y la situación de los municipios de Riberalta, Cobija y Tarija que requieren un especial fortalecimiento respecto a sus medidas de protección institucional a víctimas, por encontrarse en zonas fronterizas de alta vulnerabilidad.

Datos del Ministerio Público muestran que en 2018 se registraron un total de 618 denuncias de delitos incluidos en la Ley 263; de éstos, 465 sobre trata de personas, 15 de tráfico de personas, 116  de pornografía, 20 de proxenetismo y 2 de violencia sexual comercial. Para 2019, de acuerdo a un reporte oficial de la Policía Boliviana, se registraron 523 casos, de los cuales 375 son delitos de trata, 15 de tráfico de personas, 99 de pornografía, 29 de proxenetismo y 5 de violencia sexual comercial.

Ante los hallazgos en la investigación defensorial, la Defensoría del Pueblo emitió recomendaciones, recordatorios de debes y sugerencias, entre las que destaca la dirigida a los gobierno departamentales de Oruro, Chuquisaca, Tarija, Pando y Beni, para proceder con la apertura o crear centros de acogida especializados para la atención y la reintegración a víctimas de trata y tráfico; la aprobación de normativa departamental para regular la acreditación, apertura y funcionamiento de centros de acogida en Beni, Chuquisaca, Oruro, Pando, Potosí, Santa Cruz y Tarija; y establecer un sistema de registro, seguimiento y cruce de información sobre víctimas de trata y tráfico.

Asimismo, sugiere al Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional elaborar conjuntamente al Consejo Plurinacional contra la Trata y Tráfico de Personas, un modelo de atención en centros de acogida especializados, que oriente y uniformice a nivel nacional, las características con las que deben funcionar éstos. Finalmente, sugiere modificar la Ley 263 para que sean únicamente lo gobiernos departamentales los competentes para la creación de los centros de acogida especializados.