Concejo Municipal de Bolpebra adecúa su Reglamento de Comité de Ética a la Ley 243 en base a una propuesta de la Defensoría del Pueblo

Concejo Municipal de Bolpebra adecúa su Reglamento de Comité de Ética a la Ley 243 en base a una propuesta de la Defensoría del Pueblo

28 de Abril de 2021 06:51 pm

Concejo Municipal de Bolpebra adecúa su Reglamento de Comité de Ética a la Ley 243 en base a una propuesta de la Defensoría del Pueblo

Cobija, 28 de abril de 2021.- El Concejo Municipal de Bolpebra, en Pando, entregó a la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, la resolución que aprueba el Reglamento de la Comisión de Ética adecuado a la Ley 243 contra la Violencia y Acoso Político hacia las Mujeres, cuya adecuación fue trabajada en base a una propuesta presentada por la entidad defensorial.

“Este reglamento fue adecuado con el asesoramiento de la Delegación Departamental de Pando, que organizó varias mesas de trabajo con el pleno del Concejo Municipal y su equipo técnico y jurídico para lograr que el municipio de Bolpebra cuente con una normativa específica para sancionar por la vía administrativa, los actos de acoso y violencia política, conforme lo establece la Ley 243”, resaltó Cruz.

El pasado 16 de abril, la oficina defensorial en Pando socializó con los miembros del Concejo Municipal de Bolpebra un paquete normativo elaborado por la Defensoría del Pueblo para la “Prevención y Sanción del Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres”.

Una investigación derensorial, cuyos resultados están incluidos en el informe “Sin nosotras, no hay democracia. Cumplimiento de la Ley N° 243 contra el Acoso y Violencia Política Hacia las Mujeres”, constató que a pesar de la vigencia de esta normativa, concejalas y alcaldesas aún se encuentran en situación de desprotección al existir incumplimiento de la norma por parte de gobiernos departamentales y municipales.

A fin de trabajar en la solución de esta problemática, la Defensoría del Pueblo emitió una serie de recomendaciones para que diferentes instituciones competentes asuman acciones necesarias para garantizar a las mujeres autoridades –titulares y suplentes– las condiciones mínimas para prevenir y sancionar hechos de acoso y violencia política.